¿Cuáles son los requisitos
de ciudadanía e
inmigración de Healthy
Families Program?
Todos los niños que soliciten
Healthy Families Program deben
ser ciudadanos de los EE.UU.,
nacionales no ciudadanos de los
EE.UU. o inmigrantes calificados
que reúnan los requisitos. Las
preguntas sobre la ciudadanía e
inmigración son aplicables a
todos los niños que soliciten
Healthy Families Program.
¿A quién se considera como
un inmigrante calificado
que reúne los requisitos?
A continuación hay una lista de
categorías migratorias calificadas
y los papeles que nos tiene que
mandar para probar la situación
de su hijo con los Servicios de
ciudadanía e inmigración de
EE.UU. (CIS), anteriormente
Servicio de Inmigración y
Naturalización (INS).
Si los papeles de inmigración
para las situaciones 1 a 4 están
fechados durante los últimos
cinco años, pero la fecha de
entrada legal fue antes de esa
fecha, por favor también envíe
el papel que muestre la fecha de
entrada más temprana. Si el
niño entró a los EE.UU.
durante los 5 años anteriores,
entonces reunirá los requisitos
para Healthy Families si se
cumplen todos los demás
requisitos.
- Un extranjero admitido
legalmente como residente
permanente bajo la Ley de
inmigración y nacionalidad
(INA) debe presentar una copia
del formulario I-551 del CIS o
un I-94 con un sello I-551
actualizado o un sello I-551 en
una pasaporte extranjero o
- Un extranjero a quien se le
concedió entrada condicional
conforme al Párrafo 203(a)(7)
de la INA debe enviar una
copia del formulario I-94 del
CIS con un sello que muestre
la fecha de entrada bajo la
sección 203(a)(7) de la INA o
un formulario I-688B del CIS
que muestre admisión bajo
274a.12(a)(3) o
- Un extranjero a quien se le
concedió entrada bajo palabra
a los EE.UU. bajo el Párrafo
212(d)(5) de la INA, por lo
menos por un año, debe enviar
una copia del formulario I-94
del CIS mostrando admisión de
por lo menos un año bajo la
sección 212(d)(5) de la INA o
un aviso u orden de un juez de
inmigración que otorgue la
entrada bajo palabra de por lo
menos un año o
- Un extranjero con la categoría
migratoria apropiada, quien (o
cuyo hijo o padre) haya sido
golpeado o sujeto a crueldad
extrema en los EE.UU. y que
haya una relación significativa
entre los golpes o la crueldad
extrema y la necesidad de
obtener beneficios y quien
haya dejado de vivir en el
hogar del agresor, debe enviar
una copia del formulario
aprobado I-130 del CIS o del
formulario 360 aprobado por el
CIS, petición presentada bajo
la Ley sobre violencia contra la
mujer (VAWA) o el formulario
1-797 del CIS indicando la
presentación de la petición I-360.
El siguiente grupo de
inmigrantes calificados no tiene
restricciones en la fecha de
entrada:
- Un extranjero a quien se le
concedió asilo bajo el Párrafo
208 de la INA debe enviar una
copia del formulario I-94 del
CIS mostrando la concesión de
asilo bajo la sección 208 de la
INA o del formulario I-688B
del CIS bajo el Párrafo"274a.12(a)(5)" o el formulario
I-766 del CIS con el código"05" o una carta de concesión
de la oficina de asilo del CIS o
una orden de un Juez de
inmigración concediéndole
asilo o
- Un refugiado admitido en los
EE.UU. bajo el Párrafo 207 de
la INA debe enviar una copia
del formulario I-94 mostrando
admisión como Refugiado bajo el Párrafo 207 de la INA o del
formulario I-688B del CIS bajo
el Párrafo 274a.12(a)(3) o del
formulario I-766 del CIS con el
código "A3" o del formulario
I-551 del CIS con el código"RE" o del formulario I-571
del CIS, Documento de viaje
de refugiado o
- Un extranjero cuya
deportación haya sido
aplazada por orden de un juez
de inmigración bajo el Párrafo
243(h) de la INA, vigente antes
del 1º de abril de 1997 o cuya
expulsión esté siendo aplazada
bajo el Párrafo 241(b)(3) de la
INA debe enviar una copia del
formulario I-688B del CIS con
el código "274a.12(a)(10)" o
del formulario I-766 del CIS
con el código "A10" o
- Un extranjero cubano o
haitiano entrante, como se
define en el Párrafo 501(e) de
la Ley de 1980 sobre
Asistencia educativa a
refugiados, debe enviar una
copia del formulario I-551 del
CIS con los códigos CU6, CU7
o CH6 un sello actualizado I-
551 con los códigos CU6 o
CU7 en el formulario I-94 del
CIS o un sello actualizado
I- 551 en un pasaporte
extranjero con los códigos
CU6 o CU7 o un formulario I-
94 del CIS que muestre
libertad condicional como un
cubano o haitiano que entró al
país bajo el Párrafo 212(d)(50)
de la INA o
- Los extranjeros calificados que
residen legalmente en
cualquier estado y sean
veteranos dados de baja
honorablemente, que cumplan
con los requisitos mínimos de
servicio activo o que estén en
servicio activo sin
entrenamiento en las fuerzas
armadas de los EE.UU., deben
enviar una copia del formulario
DD 214 o una copia de la
tarjeta militar de identificación,
si están en servicio activo o
una copia de sus órdenes
militares o
- El cónyuge o dependiente
soltero o el cónyuge
sobreviviente no casado cuyo
matrimonio cumpla los
requisitos del 38 U.S.C. 1304
de los veteranos o personas en
servicio activo, descriptas en la
oración anterior, deben enviar
una copia de su tarjeta militar
de identificación actual para
establecer la relación
matrimonial con el veterano o
la relación padre-hijo con el
veterano o
- Un inmigrante ameriasiático
admitido a los EE.UU.
conforme al Párrafo 584 de la
Ley de adjudicaciones para
operaciones extranjeras,
financiación de exportaciones
y programas de apropiaciones
afines de 1988, según se
describe en el Párrafo
1612(a)(2)(A)(1)(V) del Título
8 del Código de los Estados
Unidos, debe enviar una copia
del formulario I-551 del CIS
con el código AM6, AM7 o AM8. Un sello actual I-551
temporal en un pasaporte
extranjero con el código AM1,
AM2 o AM3 o un formulario I-
94 del CIS con los códigos
AM1, AM2 o AM3.
¿Cuándo se deben
presentar los papeles? Usted tiene dos meses desde la
fecha de afiliación para enviar
pruebas de ciudadanía o su
situación migratoria.
Si se cancela la afiliación de un
niño porque usted no presentó los
papeles necesarios, puede volver a
solicitar el programa pero deberá
enviar copias del acta de
nacimiento, el certificado de
naturalización, el pasaporte
estadounidense o los papeles del
CIS cuando presente la solicitud
nuevamente.
Si tiene alguna pregunta acerca de qué documentos necesita, llame al 1-800-880-5305. La llamada es gratuita.
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¿Aún no tiene sus papeles de inmigración?
Puede solicitar la inscripción en Healthy Families antes de tener todos los documentos de inmigración o ciudadanía. Debe enviar sus documentos en un plazo de dos meses después de inscribirse en Healthy Families. |
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